🌟 Calculadora de Prima Dominical

Calcula tu 25% extra por trabajar en domingo según la Ley Federal del Trabajo

💰 Salario Diario

$0.00

Este es tu salario por un día normal de trabajo

📊 Prima Dominical por Día

$0.00

25% adicional sobre tu salario diario por cada domingo laborado

🎯 Prima Dominical Total

$0.00

Total a recibir por los domingos trabajados

💵 Pago Total por Domingo

$0.00

Salario diario + Prima dominical (lo que recibes por cada domingo)

📅 Proyección Anual

$0.00

Prima dominical estimada si trabajas todos los domingos del año

¿Qué es la Prima Dominical?

La prima dominical es una prestación laboral obligatoria en México establecida en el Artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo. Consiste en un pago adicional del 25% sobre tu salario diario cuando trabajas en domingo, sin importar tu tipo de contrato o jornada laboral.

Este derecho aplica para todos los trabajadores subordinados que laboren en domingo, ya sea que este día forme parte de su jornada regular o sea un día adicional. No importa si tu día de descanso es otro día de la semana: si trabajas en domingo, debes recibir la prima.

⚠️ Importante: La prima dominical NO sustituye tu salario del día. Se paga como un extra obligatorio adicional a tu sueldo normal.

¿Cómo se Calcula la Prima Dominical?

El cálculo de la prima dominical es sencillo si conoces tu salario diario. Te explicamos paso a paso:

Paso 1: Determina tu Salario Diario

Si tienes salario mensual, divídelo entre 30 días para obtener tu salario diario:

Salario Diario = Salario Mensual ÷ 30

Paso 2: Calcula el 25% Adicional

Multiplica tu salario diario por 0.25 para obtener la prima por cada domingo:

Prima Dominical = Salario Diario × 0.25

Paso 3: Multiplica por los Domingos Trabajados

Si trabajaste varios domingos en el mes, multiplica la prima diaria por la cantidad de domingos:

Prima Total = Prima Dominical × Número de Domingos

📌 Ejemplo Práctico:

Situación: Trabajas en retail, ganas $12,000 al mes y laboraste 4 domingos.

  1. Salario diario: $12,000 ÷ 30 = $400
  2. Prima por domingo: $400 × 0.25 = $100
  3. Prima total del mes: $100 × 4 = $400
  4. Pago por cada domingo: $400 + $100 = $500

Resultado: Recibirás $400 adicionales en tu nómina por los 4 domingos trabajados.

¿Quiénes Tienen Derecho a la Prima Dominical?

Tienes derecho a recibir prima dominical si eres:

  • Trabajador con jornada semanal que incluya domingo
  • Empleado con descanso rotativo que ocasionalmente labore en domingo
  • Personal de tiempo completo, medio tiempo o por jornada
  • Colaborador de retail, restaurantes, hoteles, hospitales o cualquier giro que opere domingos
  • Trabajador por turnos donde el domingo sea día habitual

La prima dominical aplica sin importar si tu día de descanso oficial es otro día de la semana. Si trabajas domingo, tienes derecho al pago adicional.

Prima Dominical en Días Festivos

Cuando un día festivo oficial cae en domingo, el cálculo cambia porque tienes derecho a dos prestaciones simultáneas:

Concepto Cálculo Ejemplo ($400 diario)
Salario normal del día 1 × Salario Diario $400
Pago doble por día festivo 2 × Salario Diario $800
Prima dominical (25%) 0.25 × Salario Diario $100
Total a recibir Suma de los tres conceptos $1,300

En otras palabras, cuando trabajas un festivo que cae en domingo, recibes: tu salario normal + el doble por festivo + el 25% por prima dominical.

Preguntas Frecuentes

¿La prima dominical se paga si mi día de descanso es entre semana?

Sí. La ley establece que cualquier trabajador que labore en domingo tiene derecho a la prima, independientemente de cuándo sea su día de descanso oficial. El domingo tiene una protección especial en la LFT.

¿Me deben pagar prima dominical si trabajo medio turno en domingo?

Sí. No importa cuántas horas trabajes en domingo. Si prestas servicio ese día, tienes derecho a recibir el 25% adicional sobre tu salario diario completo.

¿La prima dominical se considera para el cálculo de aguinaldo o vacaciones?

No. La prima dominical es una prestación específica que no se integra al salario base para el cálculo de otras prestaciones como aguinaldo, vacaciones o liquidaciones.

¿Qué hago si mi patrón no me paga la prima dominical?

Puedes presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje. Es tu derecho legal y el patrón está obligado a pagarlo.

¿Puedo renunciar a la prima dominical?

No. Los derechos laborales en México son irrenunciables. Aunque firmes un acuerdo, la ley protege tu derecho a recibir la prima dominical y cualquier cláusula que lo anule es inválida.

¿Cuánto es la prima dominical con el salario mínimo 2026?

Con el salario mínimo de $315.03 pesos diarios vigente en 2026, la prima dominical es de $78.76 pesos por cada domingo trabajado (25% de $315.03).

Consejos para Asegurar tu Prima Dominical

  • Verifica tu recibo de nómina: La prima dominical debe aparecer como concepto separado en tu comprobante de pago
  • Lleva registro: Anota en un calendario todos los domingos que trabajas para verificar el pago correcto
  • Conoce tus derechos: Familiarízate con el Artículo 71 de la LFT para defender tu prestación
  • Calcula tú mismo: Usa esta calculadora regularmente para confirmar que recibes el monto correcto
  • Conserva evidencia: Guarda tus recibos de nómina por al menos un año como respaldo
💡 Tip del experto: Si trabajas domingos regularmente, tu prima dominical anual puede representar más de un mes adicional de salario. Calcula tu proyección anual para planificar mejor tus finanzas.

Diferencia entre Prima Dominical y Día de Descanso

Es común confundir estos conceptos. Aquí te explicamos la diferencia:

Prima Dominical Día de Descanso
Pago adicional del 25% Día libre remunerado
Se paga cuando trabajas en domingo Se otorga sin laborar
Específico para domingos Puede ser cualquier día
Es un extra sobre tu salario Ya está incluido en tu salario
Obligatorio según Art. 71 LFT Obligatorio según Art. 69 LFT

Base Legal de la Prima Dominical

El fundamento legal de la prima dominical se encuentra en el Artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo, que establece textualmente:

“Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.”

La palabra “por lo menos” indica que el 25% es el mínimo legal. Tu empleador puede ofrecerte un porcentaje mayor si así lo acuerdan, pero nunca puede ser menor al 25%.

Referencias

  1. Congreso de la Unión. (2023). Ley Federal del Trabajo. Artículo 71. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230623.pdf
  2. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (2026). Salario Mínimo General y Profesional 2026. Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. https://www.gob.mx/conasami
  3. Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. (2025). Guía de Derechos Laborales: Prima Dominical. PROFEDET. https://www.gob.mx/profedet
  4. Cámara de Diputados. (2011). Iniciativa de reforma al artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo. Gaceta Parlamentaria, XIV(3198). http://sil.gobernacion.gob.mx
  5. Instituto Mexicano del Seguro Social. (2025). Integración del Salario Base de Cotización. IMSS. https://www.imss.gob.mx