Calculadora de Retenciones de ISR e IVA México 2025

Calculadora de Retenciones Fiscales

¿Qué son las Retenciones de Impuestos?

Las retenciones de impuestos son cantidades que las personas morales (empresas) deben descontar de los pagos que realizan a personas físicas, para posteriormente entregarlas al SAT. Este mecanismo funciona como un pago provisional de impuestos y aplica principalmente al ISR (Impuesto Sobre la Renta) e IVA (Impuesto al Valor Agregado).

Tipos de Retenciones Principales

Retención de ISR

  • Honorarios Profesionales: 10% del monto antes de IVA (Régimen General) o 1.25% (RESICO)
  • Arrendamiento de Inmuebles: 10% del monto de la renta (Régimen General) o 1.25% (RESICO)
  • Dividendos: 10% adicional sobre la distribución
  • Salarios: Según tablas del SAT (progresivo)

Retención de IVA

Se retiene el 2/3 (dos terceras partes) del IVA trasladado cuando una persona moral contrata servicios independientes de una persona física. Esto equivale al 10.67% del subtotal cuando se aplica la tasa general del 16%.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Los contribuyentes en RESICO tienen una tasa reducida de retención de ISR del 1.25% en lugar del 10% general. Esta medida busca facilitar el cumplimiento fiscal de pequeños contribuyentes y promover la formalidad.

Cómo Calcular las Retenciones

Ejemplo Práctico: Honorarios Profesionales

Supongamos que un abogado (Régimen General) emite una factura por servicios profesionales:

  • Subtotal: $10,000.00
  • IVA (16%): $1,600.00
  • Total Factura: $11,600.00

Retenciones aplicables:

  • ISR (10%): $10,000 × 10% = $1,000.00
  • IVA (2/3): $1,600 × 2/3 = $1,066.67
  • Total a Recibir: $11,600 – $1,000 – $1,066.67 = $9,533.33

Ejemplo RESICO

Para el mismo monto pero con un profesionista en RESICO:

  • ISR (1.25%): $10,000 × 1.25% = $125.00
  • IVA (2/3): $1,600 × 2/3 = $1,066.67
  • Total a Recibir: $11,600 – $125 – $1,066.67 = $10,408.33

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo debo retener impuestos?
Debes retener impuestos cuando tu empresa (persona moral) pague honorarios, rentas o salarios a personas físicas. La retención es obligatoria y debe realizarse en el momento del pago.
¿Qué pasa si no retengo impuestos cuando debo hacerlo?
El SAT puede hacer a tu empresa responsable solidaria del impuesto no retenido, además de aplicar multas que van del 25% al 75% del impuesto omitido, más actualizaciones e intereses moratorios.
¿Cuándo debo enterar las retenciones al SAT?
Las retenciones deben declararse y pagarse al SAT mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realizó la retención.
¿Las retenciones se pueden acreditar en la declaración anual?
Sí, las retenciones que te hayan efectuado durante el año funcionan como pagos provisionales y se pueden acreditar contra el ISR anual determinado. Si las retenciones fueron mayores, puedes obtener saldo a favor.
¿Se retiene IVA en todas las operaciones?
No. La retención de IVA (2/3 del trasladado) solo aplica cuando personas morales contratan servicios independientes de personas físicas, como honorarios profesionales o arrendamiento de inmuebles.

Obligaciones del Retenedor

Documentación Requerida

  • Expedir constancia de retención o incluir las retenciones en el CFDI
  • Llevar registros detallados de todas las retenciones efectuadas
  • Conservar documentación comprobatoria por 5 años
  • Presentar declaración informativa de retenciones anual

Constancia de Retenciones

Los retenedores deben entregar constancias de retención a más tardar el 31 de enero del año siguiente, detallando:

  • Montos pagados por concepto
  • Impuestos retenidos (ISR e IVA)
  • Datos fiscales completos de ambas partes
  • Período al que corresponden los pagos

Referencias

Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículo 106. Retenciones de ISR por honorarios profesionales. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Última reforma: DOF 09-12-2019.
Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículo 113-J. Régimen Simplificado de Confianza. Retenciones aplicables. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículo 116. Retenciones por arrendamiento de inmuebles. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Ley del Impuesto al Valor Agregado. Artículo 1-A. Obligaciones de retención de IVA. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Artículo 3. Retención de dos terceras partes del IVA trasladado. Presidencia de la República.
Código Fiscal de la Federación. Disposiciones sobre responsabilidad solidaria y multas por incumplimiento de retenciones. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Servicio de Administración Tributaria (SAT). Resolución Miscelánea Fiscal 2025. Reglas generales sobre retenciones de impuestos. México: SAT, 2025.